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Una modificación legislativa permitirá desgravar los gastos asociados a la mejora de la eficiencia energética

22 Ene 2026 | Noticias, Subvenciones

Una modificación de la ley del IRPF amplía el plazo para acogerse a las deducciones fiscales por actuaciones destinadas a mejorar la eficiencia energética. En concreto, estas ventajas tributarias se prorrogan hasta finales de 2026 para las viviendas unifamiliares, y hasta 2027 en el caso de los edificios de uso residencial.

Para poder beneficiarse de esta deducción, es imprescindible acreditar una mejora mínima del 30 % en la eficiencia energética tras la ejecución de las obras o instalaciones correspondientes. A tal efecto, es obligatoria la presentación de un certificado de eficiencia energética previo y otro posterior a la finalización de la reforma. Ambos documentos deben tener carácter oficial y estar emitidos por un técnico.

El incentivo fiscal se articula en tres tramos distintos, cuyo porcentaje de deducción varía en función del nivel de ahorro energético alcanzado y del tipo de inmueble al que se aplique.

El primer tramo contempla una deducción del 20 % sobre el importe de las obras. Aplica a aquellos inmuebles donde la demanda de calefacción y refrigeración se haya reducido un 7 %. La base máxima anual deducible en este supuesto es de 5.000 euros, lo que supone una devolución máxima de 1.000 euros.

El segundo tramo eleva la horquilla de deducción hasta el 40 %. Esto se traduce en una mayor exigencia entre sus requisitos, que requieren una reducción mínima del 30 % del consumo energético primario no renovable o, alternativamente, una mejora de la calificación energética del inmueble hasta la clase A o B. En este caso, la base máxima anual asciende a 7.500 euros, es decir, permite una deducción de hasta 3.000 euros.

Por último, la deducción del 60 % es la más elevada y está dirigida a edificios completos o comunidades de propietarios. Los requisitos técnicos son equivalentes a los del tramo anterior —la reducción del consumo de energía un 30 % o una calificación energética A o B—, pero el mayor impacto social de la implementación justifica el incremento del porcentaje. En este hipotético, cada propietario podrá deducirse hasta el 60 % de su aportación a la obra, con una base máxima de 5.000 euros y un límite de deducción de 3.000 euros.

Además, quienes se acojan a esta última modalidad cuentan con la posibilidad de trasladar las cantidades no deducidas a ejercicios posteriores, hasta alcanzar una base acumulada de 15.000 euros en un periodo de cuatro años. De este modo, el contribuyente podría beneficiarse de una deducción total de hasta 9.000 euros repartidos en varios ejercicios fiscales.

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